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Criterio de la PGR reitera que la Ley 9635 unifica marco salarial de las instituciones públicas

Fecha de publicación
02-10-19
Logos presidencia y Mideplan

  • Las disposiciones contenidas en la Ley de Salarios, reformada por la Ley 9635, privan sobre cualquier otra disposición de rango legal o menor preexistente que se refiera a los componentes salariales de las personas funcionarias públicas.

  • Parámetros generales de la Ley 9635 son aplicables al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, TSE, Instituciones autónomas y semiautónomas, empresas públicas y municipalidades.

El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan) recibió el 2 de octubre el dictamen C-281-2019 de la Procuraduría General de la República (PGR), el cual reafirma que la Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley 9635, establece un marco unificador en materia de empleo público.

El dictamen se da tras la consulta realizada por la ministra de Mideplan, Pilar Garrido Gonzalo, en el mes de julio, en donde consultó a la PGR si la Ley 9635 resultaba incompatible con reformas parciales concomitantes y con respecto a leyes anteriores de carácter especial que regulan los mismos temas, pero para sectores o instituciones específicas.

Según la PGR es notorio que la intención del legislador fue la de establecer parámetros generales aplicables a la totalidad de las relaciones de empleo del sector público, lo que incluye la Administración Central y Descentralizada, con independencia del grado de autonomía de cada institución o del tipo de servicios que presten al Estado. Ello, abarca al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, TSE, Instituciones autónomas y semiautónomas, empresas públicas y municipalidades.

Por otra parte, detalla el documento las disposiciones contenidas en la Ley de Salarios de la Administración Pública, reformada por la Ley 9635, privan sobre cualquier otra disposición de rango legal o menor preexistente que regula la materia.

En materia de sobresueldos -incluyendo los regulados en la Ley de Incentivos a los Profesionales en Ciencias Médicas- reafirmó que deben adecuarse a las reglas generales de la Ley 9635. Asimismo, establece que los componentes salariales que se calculaban porcentualmente antes del 4 de diciembre de 2018, deben nominalizarse y calcularse sobre la base de cada servidor y no su salario total.

En cuanto a los incentivos regulados en la Ley General de Control Interno, referente a auditores y subauditores, prevalece la voluntad legislativa de unificar las disposiciones en materia de prohibición en la Ley 9635.

"Como rectores de empleo público, actuaremos siempre apegados a la legalidad. La Ley 9635, en especial su título tercero, debe ser implementada en todos sus extremos. El pronunciamiento de la Procuraduría General de la República pretende dotar de mayor seguridad jurídica esta implementación", explicó la ministra de Planificación María del Pilar Garrido Gonzalo.

Este dictamen de la PGR viene a dar seguridad jurídica a las instituciones para aplicar la Ley 9635 a la totalidad del Estado y nominalizar los componentes salariales y que el cálculo para el pago de un sobresueldo se calcule sobre el salario base de cada servidor público.