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Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo permitirá mejor coordinación de las instituciones públicas

Fecha de publicación
13-06-22
Imagen ilustrativa
  • 13 sectores Estratégicos Gubernamentales, agrupados en 4 Consejos Presidenciales liderados por el Presidente y los Vicepresidentes de la República y un Ministro Rector.
  • Estructura permitirá mejor coordinación del trabajo que realizan las instituciones públicas de forma tal, que se direccione adecuadamente hacia el logro de grandes objetivos comunes en función del bienestar de los costarricenses.
  • Será la Ley 10.096 de Desarrollo Regional y su Reglamento, la que regule las estructuras de gobernanza multinivel en las regiones de nuestro país.

El Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo firmado por el Presidente de la República, Rodrigo Chaves y las ministras de Planificación Nacional y Política Económica y de la Presidencia, tendrá como objetivo direccionar y supervisar la ejecución de las políticas públicas por parte de la totalidad de entes y órganos de la Administración Central y Descentralizada, en los sectores estratégicos gubernamentales definidos con el propósito de armonizar y orientar en mejor medida el quehacer de la totalidad de las instituciones del sector público.

Esta norma establece 13 Sectores Estratégicos Gubernamentales con sus respectivos ministros (as) rectores y Secretarías Sectoriales a cargo, donde se han incorporado a la totalidad de entes y órganos de la Administración Central y Descentralizada, los cuales, a su vez, se agrupan en 4 Consejos Presidenciales: Social, Económico, Ambiente y Seguridad, presididos de manera directa por el Presidente y Vicepresidentes de la República.

El ejercicio de rectoría será llevado a cabo por medio de ministros rectores con apoyo de los correspondientes Consejos Sectoriales y bajo el ala de los Consejos Presidenciales; esto reviste de especial importancia, pues constituye el mecanismo de coordinación que permitirá articular, armonizar y hacer una efectiva conducción y direccionamiento de las políticas públicas que el conglomerado de instituciones del sector público desarrolla, hacia un mismo norte común: generar bienestar por medio de la acción de todas las instituciones del sector público.

Todos los Consejos Presidenciales deben velar porque las políticas, programas y proyectos se vinculen a la Estrategia Nacional de Desarrollo, al Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones Públicas y a la generación de bienes y servicios públicos que impacten en el bienestar de la población.

“Los desafíos que enfrenta nuestro país requieren que todas las instituciones públicas trabajemos en equipo y con un norte en común en búsqueda del máximo aprovechamiento de los recursos públicos y el logro de objetivos que se traduzcan en verdadero bienestar para los costarricenses. Este Decreto es fundamental para el direccionamiento estratégico del accionar de la totalidad de instituciones públicas, es también vital para la formulación del Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones Públicas y para el desarrollo e implementación de la estrategia del Gobierno. La organización de sectores con sus respectivos ministros rectores, así como el rol clave de los Consejos Presidenciales es esencial para que las instituciones públicas toquen una misma melodía y con la armonía necesaria”, indicó la Ministra de Mideplan, Laura Fernández.

Organización de los Consejos Presidenciales y sus estructuras:

Consejo Nacional Ambiental, presidido por el Ministro (a) rector del Sector Ambiente y Energía.
  • Sector Ambiente y Energía.
Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el Presidente de la República o el Ministro (a) de Justicia y Paz.
  • Sector Seguridad Ciudadana y Justicia.
Consejo Presidencial Económico, presidido por la Primera Vicepresidencia de la República.
  • Sector Ciencia, Tecnología, Innovación y Telecomunicaciones.
  • Sector Hacienda Pública.
  • Sector Productivo y Desarrollo Regional.
  • Sector Agropecuario.
  • Sector Obras Públicas y Transportes.
  • Sector Acción Exterior.
  • Sector Vivienda, Hábitat y Territorio.
Consejo Presidencial Social, presidido por la Segunda Vicepresidencia de la República.
  • Sector Bienestar, Trabajo e Inclusión Social.
  • Sector Educación.
  • Sector Cultura.
  • Sector Salud.
Descargar ALCANCE 117 A LA GACETA 108 DECRETO 43580-MP-PLAN (Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo)